jueves, 17 de noviembre de 2011

SOCIALES...


Artículo 7°. E1 Comité de Servicio Social deberá desarrollar las siguientes funciones:




I.                   Elaborar un inventario actualizado de dependencias gubernamentales que operen en la región donde se encuentra ubicado el plantel, con el ob­jetivo de formalizar la operación de programas de servicio social.
II.                Concientizar a la población estudiantil de la importancia que tiene el servicio social.
III.             A través de su coordinación ejecutiva, registrar ante la Dirección de Servicios Educativos los programas respectivos actualizándolos periódicamente.
IV.              Una vez que los programas hayan sido autorizados, deberá promoverlos entre los alumnos del plantel.
V.                 Canalizar a los prestadores a las dependencias receptoras.
VI.              Elaborar expedientes de los prestadores.
VII.           Supervisar el cumplimiento de las normas y procedimientos.
VIII.        Elaborar informes en tiempo y forma, y remitirlos a la coordinación a que pertenezca.
IX.              En coordinación con las dependencias receptoras, evaluar los programas de acuerdo a los objetivos previstos.
X.                 Desempeñar las demás funciones que se le asignen en materia de servicio social.
Artículo 8°. Los prestadores deberán cumplir con lo establecido en la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa, las dis­posiciones del Colegio, y las que regulan la operación de la dependencia en la cual los educandos realicen su servicio social.

CAPITULO III
REQUISITOS

Artículo 9°. Podrán prestar servicio social, los alumnos inscritos desde el 5° semestre y los egresados que por al­guna causa, no hayan realizado esta actividad, siempre que estén en con­diciones de cumplir con los re­querimientos que establecen los programas.
Artículo 10°. La duración de servicio social deberá ser de 250 horas como mínimo, en un lapso no mayor de un año.

Artículo 11°. Cuando se realice el servicio social en periodos discontinuos (durante vacaciones, fines de semana, días fes­tivos), el director del plantel, junto con la dependencia receptora, contabilizarán las horas que acumule el prestador.

CAPITULO IV
MODALIDADES

Artículo 12°  Los alumnos podrán participar en dos tipos de programas: internos y externos.
Internos:  Son aquellos programas que se desarrollan dentro del plantel para impulsar acciones técnicas, culturales y sociales, contemplando los siguientes aspectos:
a) Apoyos técnicos
b) Asesoría cultural, deportiva y académica.
Externos:  Son aquellos programas que promueven los gobiernos federal, estatal, municipal y asociaciones civiles en busca del beneficio social, y dentro de los cuales se deben considerar las siguientes áreas:

a) Educación
b) Seguridad
c) Salud
d) Desarrollo Comunitario

CAPITULO V
DERECHOS Y OBLIGACIONES

Articulo 13°. Los derechos de los prestadores de servicio social son:

I.                   Obtener información de los programas en que se inscriban y, en su caso, recibir asesoría adecuada y oportuna para el desempeño de sus actividades.
II.                Ser tratados en forma atenta y respetuosa por sus superiores, iguales o subalternos.

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